Gastos notariales Resolución 000964 · 20 ene 2026 Resolución 001726 · 29 ene 2026

Firmar tiene su cuenta. Aquí está completa.

El día de la escritura no paga una sola cosa: paga la notaría, la Oficina de Registro y el impuesto de rentas, y cada uno cobra por su lado. Se lo mostramos línea por línea, con las tarifas oficiales de 2026, para que llegue a la firma sabiendo exactamente cuánto lleva y por qué.

Quién cobra el día de la firma
3 x 1.000 Notaría · sobre el valor del acto, más IVA
9,11 a 13,33 Registro · por mil, según el rango
1 % Rentas · impuesto de registro en Bogotá

Ninguno de los tres es negociable: son tarifas fijadas por resolución. Lo que sí se puede es saberlas de antemano y repartirlas bien.

Escritura pública Notaría
Notaría $0 0 % del total
Notaría $0
Registro $0
Rentas $0
Ejemplo de la escena $12.507.027

Vivienda de $350.000.000 con crédito de $245.000.000. Es el 3,57 % del valor.

[ 001 · el desglose ]

No es un solo cobro. Son tres ventanillas distintas.

Casi todo el mundo llega a la firma con una cifra redonda en la cabeza y una sorpresa en el bolsillo. La razón es simple: lo que se llama «gastos notariales» son en realidad tres cobros de tres entidades que no se hablan entre sí, cada una con su propia tarifa y su propia resolución.

01

La notaría

Redacta la escritura, la autoriza y la guarda. Cobra por el acto según su cuantía, por cada hoja de papel que usa, y le suma el IVA. Además recauda, sin quedarse nada, la plata de la Superintendencia y del Fondo del Notariado.

  • Derechos del acto con cuantía3 x 1.000
  • Mínimo si la cuantía es baja$30.900
  • Acto sin cuantía$90.600
  • Hoja de la matriz y de las copias$5.600
  • Autenticación de firma$2.800
  • Identificación biométrica$4.800
  • Firma digital$10.400
  • IVA sobre todo lo anterior19 %
  • Recaudos SNR + Fondo$19.300 a $96.400

El 3 x 1.000 se cobra sobre lo que exceda de $259.300, y se calcula sobre el mayor valor entre el precio pactado y el avalúo catastral.

Resolución 000964 de 2026
02

La Oficina de Registro

Sin registro la casa no es suya: la escritura solo prueba el negocio, la inscripción es la que traslada el dominio. La ORIP cobra por rangos de valor y le suma un 2 % de conservación documental sobre cada derecho.

  • Hasta $12.852.101$53.100
  • Hasta $192.778.6069,11 x mil
  • Hasta $334.149.65611,31 x mil
  • Hasta $494.798.85712,60 x mil
  • De ahí en adelante13,33 x mil
  • Acto sin cuantía$29.500
  • Conservación y sistematización2 %
  • Certificado de tradición$24.300
  • El mismo, por internet$23.000

La tarifa no es progresiva por tramos: se aplica la del rango completo al valor entero del acto, y cada acto de la escritura se liquida por separado.

Resolución 001726 de 2026
03

Rentas · impuesto de registro

Es un impuesto departamental, el que en los recibos aparece como «beneficencia». Lo liquida la Gobernación o el Distrito y se paga junto con el registro, pero no es plata de la notaría ni de la ORIP.

  • Bogotá y Cundinamarca1 %
  • Otros departamentos0,5 % a 1 %
  • Sobre la compraventa
  • Sobre la hipotecaNo
  • Valor del recibo$31.400

La hipoteca no paga impuesto de registro cuando va en el mismo instrumento que la compraventa: es un contrato accesorio y el impuesto se causa solo sobre el principal.

Ley 223 de 1995, art. 229

Y aparte va el banco, que no es la notaría

El avalúo comercial y el estudio de títulos los cobra la entidad que le presta, no la notaría, y se pagan una vez los liquida la entidad financiera para que se puedan llevar a cabo. No van en el simulador porque cada banco los cobra distinto: pregúntelos con el suyo y súmelos aparte de la escrituración.

Lo que suele pagar el comprador

Es lo acostumbrado en Colombia, no una obligación legal

  • La mitad de los derechos notariales de la compraventa
  • Todos los derechos notariales de la hipoteca
  • Los derechos de registro y el impuesto de registro completos
  • Los certificados de tradición del trámite

Lo que suele pagar el vendedor

Y conviene dejarlo escrito en la promesa

  • La otra mitad de los derechos notariales de la compraventa
  • La retención en la fuente del 1 % sobre el valor de la venta
  • El predial y la administración al día, con sus paz y salvos
  • El levantamiento de la hipoteca anterior, si el inmueble venía gravado

El reparto se pacta, las tarifas no. La ley no obliga a partir los derechos notariales por mitades: es la costumbre, y por eso conviene que quede escrito en la promesa de compraventa quién asume cada cosa. Las tarifas sí son fijas y ninguna notaría puede cobrar por encima de ellas. Si la vivienda es de interés social, casi todo baja a la mitad y si es de interés prioritario buena parte de los derechos de registro quedan exentos. Eso no se elige: lo define el valor comercial del inmueble, y el simulador lo clasifica solo.

[ 002 · el simulador ]

Meta las cifras de su negocio y véalo peso por peso.

Calcula con las tarifas vigentes de 2026 y separa las tres ventanillas, para que sepa cuánto tiene que llevar el día de la firma y qué le corresponde a cada quien.

Su operación

Con el valor de compra ya sale una cuenta útil; lo demás afina.

$

Es el precio de compra. De este valor sale también si la vivienda es VIP, VIS o No VIS.

$

Si el avalúo catastral es mayor que el precio, la notaría y el registro liquidan sobre el avalúo. Déjelo en blanco si no lo tiene a mano.

$

La hipoteca es un acto aparte y se liquida sobre el monto del crédito, no sobre el valor de la casa.

Define dos cosas: la tarifa del impuesto de registro y el tope hasta el cual una vivienda todavía cuenta como VIS.

Escriba el valor comercial y aquí aparece la clasificación.

Hasta 90 SMMLV es VIP, y de ahí hasta el tope de la ciudad es VIS. Lo que lo supere es No VIS y paga tarifa plena.

Por costumbre se parten por mitades, pero se pacta en la promesa. Lo demás —hipoteca, registro e impuesto— lo asume el comprador.

Los valores que trae son los de una escritura corriente de compraventa con hipoteca. Si su notaría le pasó un proyecto de liquidación, copie de ahí las cantidades.

Escriba el valor comercial del inmueble

Con eso basta para armar la cuenta. Si además pone el monto del crédito, se agrega la hipoteca, que es un acto aparte y se liquida por su lado.

[ 003 · el marco tarifario ]

Nadie inventa estas cifras. Están en dos resoluciones.

Cada enero la Superintendencia de Notariado y Registro actualiza las tarifas y rigen desde febrero. Ninguna notaría ni Oficina de Registro puede cobrar por encima de ellas, y cobrar de más es falta disciplinaria. Aquí están las dos que mandan, con todo lo que aplica a una compraventa de vivienda.

ResoluciónRES-2026-000964-6
Expedida20 de enero de 2026
Rige desde1 de febrero de 2026
Unidad de cálculoUVB $12.110
Los derechos del acto Artículo 2Sobre la cuantía
Acto con cuantía hasta $259.300Es el mínimo: por debajo de ahí no baja$30.900
Sobre lo que exceda de $259.300Tarifa única, sin más escalones3 x 1.000
Acto sin cuantíaPatrimonio de familia, afectación a vivienda familiar, aclaraciones$90.600

Derechos = $30.900 + 3 x 1.000 sobre (cuantía − $259.300)

El papel y las diligencias Artículos 2, 5 y 6Por unidad
Hoja de la matriz, por ambas carasIncluye el papel de seguridad notarial$5.600
Hoja de copia auténtica$5.600
Autenticación de firma o diligencia$2.800
Identificación biométricaEl cotejo de huella contra la Registraduría$4.800
Firma digital$10.400
Impresión de certificados de páginas web$5.100
Actuación fuera de la notaría$3.600
Copia simple, por caraCon IVA incluido$700
El IVA y los recaudos Artículo 50Van aparte
IVASobre los derechos y el papel. Los recaudos no lo llevan19 %
Actos sin cuantía y escrituras exentas$19.300
Hasta $100.000.000$28.900
De $100.000.001 a $300.000.000$43.700
De $300.000.001 a $500.000.000$52.700
De $500.000.001 a $1.000.000.000$71.900
De $1.000.000.001 a $1.500.000.000$84.800
De $1.500.000.001 en adelante$96.400

Dos detalles que casi nadie sabe. El primero: los derechos se liquidan sobre el mayor valor entre el precio pactado y el avalúo catastral, así que si el catastro está por encima del precio, manda el catastro. El segundo: los recaudos de la Superintendencia y del Fondo del Notariado se calculan sobre la suma de las cuantías de todos los actos de la escritura, no sobre el mayor — y ese total se parte por mitades entre las dos entidades. Un acto sin cuantía como el patrimonio de familia cuesta $90.600 más IVA, más que los derechos de una hipoteca de $20 millones.

Las tarifas se actualizan cada enero con el IPC del año anterior y la UVB que fija el Ministerio de Hacienda, y empiezan a regir en febrero. Lo que ve aquí es el marco de 2026. Si está leyendo esto en otro año, escríbanos y le confirmamos las cifras vigentes antes de que haga cuentas con ellas.

[ 004 · el acompañamiento ]

La escrituración se prepara, no se improvisa.

Saber la cifra es la mitad del trabajo. La otra mitad es llegar con todo en orden: la promesa que dice quién paga qué, la liquidación de la notaría revisada antes de firmar y el banco sincronizado con la fecha de la escritura. Eso lo armamos con usted.

1

Antes de la promesa

Dejamos por escrito quién asume cada cosa —los derechos de la compraventa, los del registro, los certificados— para que el día de la firma no haya que discutirlo.

2

Con la liquidación en la mano

La leemos con usted línea por línea y la comparamos con las tarifas de la resolución. Si algo no cuadra, se pregunta a tiempo y con el argumento puesto.

3

Entre la firma y el desembolso

El banco no gira el día que usted firma: primero la escritura entra a registro y queda inscrita la hipoteca, y contra esa prueba se desembolsa. Le decimos qué se paga antes de firmar, qué se paga en el registro y cuánto suele tardar cada paso.

Cuénteme su caso y le devuelvo la cuenta completa

Con el valor del inmueble, el monto del crédito y la ciudad ya se puede armar el desglose real. Si ya tiene el proyecto de liquidación de la notaría, mejor: lo revisamos contra las tarifas vigentes y le decimos exactamente qué está pagando.